“Al Tribunal Supremo le ha faltado valentía. Estoy convencido de que la faena de un torero reúne todos los requisitos que marca la ley para que pueda ser inscrita en el registro de la Propiedad Intelectual. Lo que han dicho los jueces es que la obra taurina carece de la originalidad que exige el Tribunal de Justicia de la Unión Europea; creo, por un lado, que una faena en el ruedo no se puede comparar con una obra teatral o una partitura musical, y, por otro, qué saben de toros los juristas europeos. Nada”.