Un juzgado de Sevilla falla a favor de dos abuelos que pedían la guarda y custodia de su nieto. La decisión, tal y como se recoge en la sentencia (acceda al texto aquí), se fundamenta en el interés superior del menor dada la situación que vive, en la que los abuelos actúan como sus “guardadores de hecho”. Los progenitores, confirma la resolución, no están “en condiciones” de hacerse cargo de su hijo porque el padre no tiene contacto alguno y la pareja de la madre está a la espera de un juicio por pegarle.