Las comunidades de propietarios pueden prohibir la comercialización de viviendas vacacionales, aunque no haya unanimidad al respecto, y afectando la decisión a futuros dueños. Así lo ha establecido la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública al resolver un recurso de una comunidad de vecinos contra la calificación de una registradora de la propiedad de Santa Cruz de Tenerife.